Usuario descontento con AhorraBus, por no permitirle pagar con efectivo para abordar un autobús
Personal

¿Te obligaron a comprar una tarjeta para abordar un autobús? La ilegalidad de AhorraBus en el sureste mexicano

Viajo con frecuencia entre CDMX, Puebla, Xalapa y Teziutlán. Son rutas que conozco de memoria: la subida desde el altiplano hacia la sierra, el cambio de paisaje, el aire que se enfría conforme el camino se tuerce y la aparición de la siempre mística neblina. 

También conozco de memoria, ya con hartazgo, lo que pasa cada vez que me acerco a una taquilla de las líneas AU o Vía para comprar un boleto en efectivo: La respuesta es siempre la misma, envuelta en distintas palabras.

“Tiene que tener la tarjeta.”

“Aquí ya solo se vende con tarjeta.”

“Sin la tarjeta no puede abordar.”

Dos malas experiencias (de varias)

La primera vez fue en la terminal de Xalapa, CAXA, donde traté de comprar un boleto con destino a Teziutlán.

La mujer que me atendió me dijo que era imposible comprar el boleto, que el único camino viable era comprar la tarjeta y, con ella, “pagar” el viaje directamente al abordar el autobús.

Después de discutir unos minutos, tratando de explicarle a la mujer en cuestión que todo lo que deseaba era un boleto a mi destino – y no una tarjeta que no volvería usar en meses o años – terminé adquiriéndola por obligación, hartazgo y prisa. 

La segunda vez (de varias, recalco) fue en la terminal de Puebla (CAPU) donde solicité en taquilla un boleto hacia Teziutlán. ¿La respuesta de la empleada?
— ¿Tiene tarjeta?
— Claro.
Procedo a sacar la tarjeta de crédito para pagar el servicio.
— No —, revira la mujer desde el otro lado de la taquilla.
— La tarjeta —prosigue— para pagar al abordar el autobús.
— ¡Ah!
Exclamo con cara de confusión.
— No quiero una tarjeta, quiero un boleto para viajar a Teziutlán. Además, ¿No admiten pago con TDC?

A estas alturas, la empleada ya podía adivinar mi frustración y, después de otro breve intercambio de afirmaciones y contraafirmaciones, la mujer cedió y, para deshacerse del molesto cliente en el que me estaba convirtiendo, ideó transferir el problema. Me comentó:
— Si no desea la tarjeta, puede ir directamente a los andenes y solicitar en la taquilla ahí instalada, la adquisición del boleto.

Es decir, me negó el servicio que solicitaba al no plegarme a la condición de la venta y uso de la tarjeta.

Así lo hice y, al llegar a la citada taquilla y solicitar el servicio ya descrito, la persona que atendía me cobró de más y me entregó la tarjeta por la que ya había tenido un altercado minutos antes.

Ya ni reclamé, opté por el camino de la resignación. La mostré al conductor del autobús al abordar, quedó guardada con “saldo promocional” que jamás se usará, y me olvidé del asunto… Hasta que vi el siguiente post:

Y me di cuenta del gran abuso que ADO comete, pues tanto AU como VIA son parte del Grupo ADO.

No soy el único

Lo que viví no es un incidente aislado ni un malentendido de taquilla. Es una práctica sistemática que afecta a cientos de usuarios en toda la región serrana y más allá.

En el grupo de Facebook Diario de Altotonga, una publicación reciente recoge el testimonio anónimo de un usuario que describe la misma situación en la terminal de esa ciudad:

“Resulta que tanto en taquilla el boletero y el guardia afuerza si no adquiere uno la tarjeta de autobús no dejan abordar.”

El post generó más de 400 reacciones y más de 120 comentarios, muchos de ellos con testimonios similares. Usuarios de Altotonga, Puebla, Jalacingo y otras comunidades serranas reportan la misma experiencia: saldo que se caduca sin aviso, obligación de recargar para poder abordar, conductores que a veces exigen efectivo de todas formas pese a que ya tienes saldo en la tarjeta.

Esta no es una queja de consumidor insatisfecho. Es un patrón de conducta de dos de las líneas más importantes del Grupo ADO en la región.

¿Es esto legal? Veamos…

Lo que dice la ley

Aquí viene la parte que Grupo ADO —y sus empleados en taquilla— prefieren que no sepas.

La tarjeta no es obligatoria. La propia empresa lo reconoce.

En la documentación oficial de ADO sobre el programa AhorroBUS, la empresa afirma textualmente que “por el momento el uso de la tarjeta no es obligatorio, pero sí recomendable”, y que su uso “no te limita a seguir haciendo uso de los medios convencionales de pago”.

Lo que ocurre en las taquillas de AU y VIA contradice directamente la política oficial de la empresa. Los empleados imponen como requisito lo que la empresa declara como opcional. Eso no es un malentendido: es una práctica sistemática que viola la ley.

Artículo 43 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC)

Es el fundamento más directo. Establece que:

“Salvo cuando medie mandato judicial o disposición jurídica que exija el cumplimiento de algún requisito, ni el proveedor ni sus dependientes podrán negar al consumidor la venta, adquisición, renta o suministro de bienes o servicios que se tengan en existencia. Tampoco podrá condicionarse la venta, adquisición o renta a la adquisición o renta de otro producto o prestación de un servicio.

En términos simples: ninguna empresa puede obligarte a comprar un producto (la tarjeta) como condición para acceder a otro servicio (el boleto de autobús). Eso tiene un nombre: venta condicionada, y está expresamente prohibida.

Artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Refuerza lo anterior al establecer que:

“Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. Asimismo, tampoco podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente, por escrito o por vía electrónica, por el consumidor, ni podrán aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor.”

La adquisición forzada de una tarjeta prepago —con su costo implícito, sus condiciones de caducidad, y la inmovilización temporal del saldo— es exactamente una “cláusula o condición abusiva impuesta”.

Artículo 7 Bis de la LFPC

Obliga a los proveedores a exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por un bien o servicio, incluyendo todos los cargos adicionales. Si la adquisición de la tarjeta implica costos que no se informan claramente —como la caducidad del saldo a los tres meses—, también se viola este artículo.

El Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares

El artículo 70 de este reglamento establece que los autotransportistas deben entregar al pasajero, en el momento en que cubre el importe de su viaje, un boleto con los datos del servicio. El artículo 71 señala que “antes de abordar un vehículo, el pasajero deberá adquirir el correspondiente boleto.”

El reglamento no contempla ningún escalón intermedio: no habla de tarjetas prepago, ni de saldos, ni de sistemas de carga. La relación legal es directa: pago → boleto → abordaje. Cualquier condición adicional carece de sustento en este marco normativo.

Las sanciones posibles

La Profeco tiene facultades para sancionar estas prácticas. Las multas por conductas que violan la LFPC van desde $1,007 hasta $3,939,305 pesos, según el artículo 128 de la propia ley, dependiendo de la gravedad y la reincidencia. 

En casos donde se acredite afectación colectiva, la Profeco puede además imponer medidas precautorias inmediatas, incluyendo la suspensión de la práctica comercial.

Abusos por parte de AU y VIA a usuarios de transporte público.

El contexto que lo explica todo: un monopolio sin consecuencias

Para quienes vivimos en la sierra de Puebla o Veracruz, AU y VIA no son solo una alternativa: son frecuentemente la única opción de transporte de servicio ordinario hacia y desde ciudades como Puebla y Xalapa. No hay competencia real en estas rutas.

Eso no es una percepción: es un hecho documentado por la autoridad. En octubre de 2022, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multó a 18 empresas de autotransporte, incluida ADO, con más de 1,218 millones de pesos por prácticas monopólicas absolutas: manipulación de precios y segmentación de rutas en las regiones Centro, Centro-Sur y Sur-Sureste del país.

En mayo de 2024, la Autoridad Investigadora de la Cofece publicó un dictamen preliminar identificando nuevas barreras a la competencia en el sector, señalando vínculos entre competidores y problemas regulatorios que limitan el acceso de nuevos operadores a las rutas.

La combinación es tóxica: empresa con poder de mercado dominante + ausencia de competencia en rutas serranas + usuarios que no pueden simplemente “irse a la competencia” = condiciones perfectas para que una práctica ilegal se normalice sin consecuencias.

¿Qué puedes hacer si te pasa?

Si en una taquilla de AU, Vía, o cualquier otra línea te niegan la venta de un boleto sin adquirir una tarjeta prepago, tienes derecho a actuar. Esto es lo que recomiendo:

1. Documenta en el momento. Fotografía el letrero de la taquilla, graba (discreta o abiertamente) si el empleado te niega la venta. Guarda cualquier comprobante de la tarjeta que te hayan forzado a adquirir.

2. Presenta una denuncia formal ante la Profeco. No es complicado y puedes hacerlo desde casa:

  • Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722 (CDMX) / 800 468 8722 (resto del país)
  • Correo: denunciasprofeco@profeco.gob.mx
  • Redes sociales: @Profeco y @AtencionProfeco en X / Facebook: ProfecoOficial
  • Presencialmente en cualquier Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO)

3. Señala explícitamente la violación. Al presentar tu queja, menciona el Artículo 43 de la LFPC (venta condicionada)y el Artículo 10 (práctica comercial coercitiva). Cita también que la propia política de ADO establece que la tarjeta no es obligatoria.

4. Difunde tu experiencia. Las denuncias en redes no sustituyen a las denuncias formales, pero sí presionan. Si viviste esta situación, comparte este artículo y añade tu testimonio. La visibilidad colectiva es lo que puede forzar una acción institucional a escala.

Una última palabra

Teziutlán y su región serrana llevan décadas cargando con las desventajas de la geografía: caminos difíciles, pocas opciones de movilidad, dependencia de un puñado de empresas de transporte. Eso no justifica que esas empresas aprovechen esa dependencia para imponer condiciones ilegales a quienes no tienen alternativa.

La tarjeta AhorroBUS puede ser una herramienta útil si se ofrece como lo que es: una opción voluntaria con beneficios para quien quiera usarla. El problema no es la tarjeta. El problema es la imposición.

Y la imposición, en este caso, tiene nombre, tiene artículos de ley que la prohíben, y tiene una institución —la Profeco— que puede y debe actuar.

El primer paso es saber que tienes razón. El segundo, decirlo en voz alta.

Fuentes y referencias

Consultor de Marketing Digital con enfoque en SEO. Escribo también sobre historia (especialmente Porfiriato), videojuegos y me considero un divulgador del turismo y la cultura de Teziutlán (Puebla), la región de la Sierra Nororiental y la región Capital de Veracruz (échale un ojo a La Ruta de la Niebla).

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